D.0010/018
Nro de Sesión: E0025/018

Nro. Expediente: 2018-204-81-00110
Nro. Asunto: 1
Nro. Acta: L48-P4-10
Fecha del Acta: 06/11/2018

Canelones, 6 de noviembre de 2018

VISTO: los presentes obrados radicados en expediente 2018-81-1010-02777 remitidos por la Intendencia de Canelones solicitando anuencia para aprobar el proyecto de decreto modificativo de los Decretos N°76/2009 y N°62/2013.

RESULTANDO: I) que la nueva denominación a municipios existentes, límites de los municipios, y creación de nuevos municipios, todas ellas estan al amparo de la Ley N° 19.272;

II) que se asume la responsabilidad departamental sobre el proceso de descentralización municipal y participación ciudadana, en curso de implementación desde 2010, reafirmando el compromiso de impulsarlo en profundidad;

III) que se realizó informe por parte de la Secretaría de Desarrollo Local y Participación, la Dirección de Gestión Territorial, la Dirección General de Recursos Financieros, y la Secretaría de Planificación;

IV) que los expedientes agregados contienen diversas solicitudes con respecto a dichos temas, y que se enmarcan dentro de lo establecido en la mencionada Ley;

V) que lo dispuesto por el inciso primero del artículo 24 de la Ley Nº 19.272, por el que cada Gobierno Departamental tiene la posibilidad de definir la nómina de los municipios para el período siguiente, hasta 18 meses antes de las elecciones municipales;

 VI) que esta facultad incluye, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2 de la misma Ley, su denominación y sus respectivos límites territoriales;

VII) que el Gobierno Departamental también tiene la facultad de crear nuevos municipios, tanto por el mecanismo del inciso tercero del artículo 1 de la Ley Nº 19.272, como por el establecido por el artículo 16 de la misma Ley;

VIII) que por Resolución N° 18/04694 del ejecutivo se resolvió aprobar un reglamento para el tratamiento de las eventuales propuestas de modificaciones de límites municipales, de cambio de nombre o creación de nuevos municipios en el departamento de Canelones.

CONSIDERANDO: I) que este Cuerpo entiende pertinente aprobar el proyecto modificativo a los Decretos Nros. 76/2009 y 62/2013 con las siguientes modificaciones;

II) que en el artículo 3° se modifica la redacción del Municipio 18 de Mayo el que quedará redactado de la siguiente manera: "La Ruta 67, desde la calle Panamá hasta camino de Los Viñedos, de camino de Los Viñedos al límite con villa Los Manzanos calle Las Granjas, de Las Granjas por línea imaginaria hasta calle Ciclamor, calle Ciclamor hasta Ruta 5 vieja, Ruta 5 vieja hasta Zorrilla de San Martín, de Zorrilla de San Martín a Casuarinas, al límite sur de villa Alegría y hasta el camio Las Tropas (Av. Brasil), de Av. Brasil a Ruta 5 nueva, de Ruta 5 nueva hasta la línea imaginaria de la calle Bach, de calle Bach línea imaginaria hasta Mtro. Julio Castro, de Mtro. Julio Castro hasta Guillermo Bares y cruzando por línea imaginaria hasta calle Panamá, hasta Ruta 67. (Districto electoral serie CDC)"; como asimismo en la redacción del Municipio de Progreso luego de Ruta 5 vieja se elimina el nombre Mtro. Julio Castro;

III) que se incorpora un artículo 5° donde se modifica la denominación del Municipio de Parque del Plata por Municipio de Parque del Plata y Las Toscas.

ATENTO: a lo establecido en el artículo 19, numeral 12 de la Ley Orgánica Municipal N° 9.515, la Junta Departamental

  D E C R E T A:

MODIFICAR LOS DECRETOS Nos. 76/2009 DE 30/12/2009 Y 62/2013 DE 20/3/2013

Artículo 1°. Para los Municipios Nicolich-Ciudad Líber Seregni y Pando.

Sustituír el artículo 9 del Decreto 76/2009 de 30/12/09:

NICOLICH-CIUDAD LÍBER SEREGNI

AL NORTE: Camino Los Aromos desde Arroyo Toledo hasta Ruta 101, Ruta 101 desde camino Los Aromos hasta camino de Los Horneros.

AL ESTE: Camino de Los Horneros desde Ruta 101 hasta Ruta Interbalnearia.

AL SUR: Ruta Interbalnearia desde camino de Los Horneros hasta Ruta 101, Ruta 101 hasta límite norte de los padrones del Aeropuerto Internacional de Carrasco, límite norte de los padrones del Aeropuerto Internacional de Carrasco hasta límite oeste de los padrones del Aeropuerto Internacional de Carrasco, límite oeste de los padrones del Aeropuerto Internacional de Carrasco hasta bañados del arroyo de Carrasco, bañados del arroyo Carrasco hasta su encuentro con el arroyo Toledo.

AL OESTE: Arroyo Toledo desde bañados de Carrasco hasta camino de Los Aromos.

Distrito electoral serie CMK.

Modificar el artículo 10 del Decreto 76/2009 de fecha 30/12/2009:

PANDO

AL OESTE: Camino Los Horneros, desde el cruce con cañada Paso Escobar hasta Ruta 101; Ruta 101 hasta su empalme con Ruta 8; calle Ambrosio Bertolotti hasta arroyo Piedritas; arroyo Piedritas aguas arriba; Ruta 84, hasta Ruta 7.

Distrito electoral serie CMA.

ARTÍCULO 2°. Modificaciones entre los Municipios Paso Carrasco y Ciudad de la Costa.

Modificar el artículo 12 del Decreto 76/2009 de fecha 30/12/2009:

PASO CARRASCO

Al Norte: Bañados de Carrasco, desde arroyo Toledo hasta límite oeste de padrones correspondientes a Aeropuerto Internacional de Carrasco, límite norte de padrones correspondientes a Aeropuerto Internacional de Carrasco hasta la Ruta 101.

Al Este: Ruta 101 desde el límite norte de los padrones correspondientes al Aeropuerto Internacional de Carrasco hasta avenida de Las Américas y por esta hasta avenida Racine; avenida Racine y su proyección hasta el Río de la Plata.

Al Sur: Río de la Plata, desde proyección avenida Racine, hasta barra de arroyo Carrasco.

Al Oeste: Arroyo Carrasco, y Arroyo Toledo, desde desembocadura en el Río de la Plata del primero, hasta bañados de Carrasco al norte

Distrito electoral serie CMD.

Modificar el artículo 3 del Decreto 76/2009 de fecha 30/12/2009:

CIUDAD DE LA COSTA

Al Norte: Cañada Paso Escobar desde arroyo Pando hasta camino Los Horneros, por este hasta Ruta Interbalnearia; Ruta Interbalnearia hasta avenida de las Américas y por esta hasta avenida Racine; avenida Racine y su proyección hasta el Río de la Plata.

Al Este: Arroyo Pando, aguas abajo, desde la desembocadura de Cañada Paso Escobar hasta Río de la Plata.

Al Sur: Río de la Plata, desde arroyo Pando hasta prolongación al sur de avenida Racine.

Al Oeste: Avenida Racine, desde Río de la Plata hasta avenida de Las Américas.

Distrito electoral series CMF, CMI, CMJ.

ARTÍCULO 3°. Modificaciones para los Municipios de Progreso y 18 de Mayo

Modificar el artículo 13 del Decreto 76/2009 de 30/12/09 en la redacción dada por Decreto 62/2013 de 20/3/13:

PROGRESO

AL SUR: Ruta 67 desde Ruta 32 hasta camino de Los Viñedos; camino de Los Viñedos al límite con Villa Los Manzanos calle Las Granjas, de calle Las Granjas por línea imaginaria hasta calle Ciclamor, calle Ciclamor hasta Ruta 5 vieja, de Ruta 5 vieja hasta Zorrilla de San Martín, de Zorrilla de San Martín a Casuarinas, de Casuarinas al límite sur de Villa Alegría y hasta el camino de Las Tropas (Av. Brasil) de Av. Brasil a Ruta 5 nueva; Ruta 5 nueva hasta el arroyo Colorado y por éste, aguas abajo hasta Ruta 36.

Distrito electoral serie CDB.

Modificar el artículo 3 del Decreto 62/2013 de 20/3/13

18 DE MAYO

La Ruta 67, desde la calle Panamá hasta camino de Los Viñedos, de camino de Los Viñedos al límite con Villa Los Manzanos calle Las Granjas, de Las Granjas por línea imaginaria hasta calle Ciclamor, calle Ciclamor hasta Ruta 5 vieja, de Ruta 5 vieja hasta Zorrilla de San Martín, de Zorrilla de San Martín a Casuarinas, al límite sur de villa Alegría y hasta el camio Las Tropas (Av. Brasil), de Av. Brasil a Ruta 5 nueva, de Ruta 5 nueva hasta la línea imaginaria de la calle Bach, de calle Bach línea imaginaria hasta Mtro. Julio Castro, de Mtro. Julio Castro hasta Guillermo Bares y cruzando por inea imaginaria hasta calle Panamá, hasta Ruta 67.

Districto electoral serie CDC.

ARTÍCULO 4°. Modificaciones para los Municipios de La Paz y Las Piedras.

Modificar el artículo 7 del Decreto 76/2009 de 30/12/09 en la redacción dada por Decreto 62/2013 de 20/3/13:

LAS PIEDRAS

AL SUR: Cañada Manantiales desde arroyo Las Piedras hasta avenida Dr. Enrique Pouey; avenida Dr. Enrique Pouey al norte hasta calle Mario Pareja; calle Mario Pareja y su continuación por una línea imaginaria hasta Ruta N° 5.

AL OESTE: Ruta N° 5 hacia el norte, desde línea imaginaria continuación de calle Mario Pareja hasta Ruta N° 48 y Ruta N° 48 hasta el arroyo Colorado.

Distritos electorales series CDA y CDD.

Modificar el artículo 6 del Decreto 76/2009 de 30/12/09.

LA PAZ

AL NORTE: Ruta N° 48 desde el arroyo Colorado hasta Ruta N° 5; Ruta N° 5 hacia el Sur, hasta línea imaginaria continuación de calle Mario Pareja; calle Mario Pareja hasta avenida Dr. Enrique Pouey, por esta hacia el sur hasta cañada Manantiales; cañada Manantiales hasta arroyo Las Piedras en el límite departamental.

AL ESTE y SUR: Límite departamental con Montevideo, siguiendo el arroyo Las Piedras, aguas abajo, desde la cañada Manantiales hasta su desembocadura en el arroyo Colorado.

Distrito electoral serie CEA.

ARTÍCULO 5°.

Modificar la denominación del "Municipio de Parque del Plata" por "Municipio de Parque del Plata y Las Toscas".

ARTÍCULO 6°. Registrar.

ap

Firmado electrónicamente por Hugo Recagno el 07/11/2018 03:58:58 p.m.. - Firmado electrónicamente por Presidente Edgardo Duarte el 07/11/2018 04:19:42 p.m..

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